Contrato Directo

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Este ejemplo ilustrativo destinado a un “Contrato Directo”. Adapte la redacción según sus necesidades específicas y requisitos legales aplicables.

Contrato de Compra-Venta entre Particulares (Contrato Directo)

Partes firmantes:

Vendedor: Juan Pérez
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor 10, 28001 Madrid

Comprador: María Gómez
DNI: 87654321B
Domicilio: Avenida Central 25, 28002 Madrid

Detalle del Bien:

Descripción: Piso en Madrid, calle Mayor, 3ºA
Referencia catastral: 1234567890
Superficie: 85 m²
Estado: En buen estado, sin cargas ni gravámenes
Finca registral nº: 4567, Tomo 89, Libro 5, Folio 23, Registro de la Propiedad de Madrid

Situación y cargas:

La vivienda se transmite libre de cargas y gravámenes, sin deudas pendientes por comunidad o suministros. El vendedor declara estar al corriente en el pago del IBI y otros tributos correspondientes.

Precio y forma de pago:

Precio total: 150.000 EUR.
Forma de pago: Transferencia bancaria en un solo pago, en la cuenta ES12 3456 7890 1234 5678 9012.
Enganche: 15.000 EUR a la firma, que se imputarán al precio final.

Entrega y transmisión de la posesión:

La posesión del inmueble será entregada en el momento de la firma de la escritura pública, asumiendo el comprador el riesgo desde entonces.

Escritura y gastos notariales:

Las partes se comprometen a formalizar la compraventa mediante escritura pública ante notario. Los gastos notariales y registrales serán de cargo del comprador, salvo pacto en contrario. Los impuestos derivados de la transmisión serán a cargo del comprador.

Destino y limitaciones:

El inmueble se transmite con la finalidad de uso residencial, sujeto a las normativas urbanísticas y de propiedad horizontal. El comprador acepta las limitaciones y cargas existentes según la documentación registral y urbanística.

Declaraciones del vendedor:

  • Que es propietario pleno del inmueble y tiene capacidad para venderlo.
  • Que no existen deudas, cargas o gravámenes pendientes relacionados con la propiedad.
  • Que el inmueble está en condiciones aptas para su uso y habitabilidad.

Condiciones Previas (si aplican):

La validez de este contrato está condicionada a la obtención por parte del comprador de la financiación necesaria y a la aprobación de la documentación urbanística y registral.

Legislación y jurisdicción:

Este acuerdo se rige por la legislación civil vigente. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid, salvo disposición legal en contrario.

Madrid, a 15 de octubre de 2023

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Firma del Vendedor (Juan Pérez)
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Firma del Comprador (María Gómez)