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Este ejemplo ilustrativo destinado a un “Contrato Directo”. Adapte la redacción según sus necesidades específicas y requisitos legales aplicables.
Contrato de Compra-Venta entre Particulares (Contrato Directo)
Partes firmantes:
Vendedor: Juan Pérez
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor 10, 28001 Madrid
Comprador: María Gómez
DNI: 87654321B
Domicilio: Avenida Central 25, 28002 Madrid
Detalle del Bien:
Descripción: Piso en Madrid, calle Mayor, 3ºA
Referencia catastral: 1234567890
Superficie: 85 m²
Estado: En buen estado, sin cargas ni gravámenes
Finca registral nº: 4567, Tomo 89, Libro 5, Folio 23, Registro de la Propiedad de Madrid
Situación y cargas:
La vivienda se transmite libre de cargas y gravámenes, sin deudas pendientes por comunidad o suministros. El vendedor declara estar al corriente en el pago del IBI y otros tributos correspondientes.
Precio y forma de pago:
Precio total: 150.000 EUR.
Forma de pago: Transferencia bancaria en un solo pago, en la cuenta ES12 3456 7890 1234 5678 9012.
Enganche: 15.000 EUR a la firma, que se imputarán al precio final.
Entrega y transmisión de la posesión:
La posesión del inmueble será entregada en el momento de la firma de la escritura pública, asumiendo el comprador el riesgo desde entonces.
Escritura y gastos notariales:
Las partes se comprometen a formalizar la compraventa mediante escritura pública ante notario. Los gastos notariales y registrales serán de cargo del comprador, salvo pacto en contrario. Los impuestos derivados de la transmisión serán a cargo del comprador.
Destino y limitaciones:
El inmueble se transmite con la finalidad de uso residencial, sujeto a las normativas urbanísticas y de propiedad horizontal. El comprador acepta las limitaciones y cargas existentes según la documentación registral y urbanística.
Declaraciones del vendedor:
- Que es propietario pleno del inmueble y tiene capacidad para venderlo.
- Que no existen deudas, cargas o gravámenes pendientes relacionados con la propiedad.
- Que el inmueble está en condiciones aptas para su uso y habitabilidad.
Condiciones Previas (si aplican):
La validez de este contrato está condicionada a la obtención por parte del comprador de la financiación necesaria y a la aprobación de la documentación urbanística y registral.
Legislación y jurisdicción:
Este acuerdo se rige por la legislación civil vigente. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid, salvo disposición legal en contrario.
Madrid, a 15 de octubre de 2023
Firma del Vendedor (Juan Pérez)
Firma del Comprador (María Gómez)
