Contrato Compraventa Vehiculo Particular A Empresa

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Contrato de Compraventa de Vehículo Particular a Empresa

Partes contratantes:

Vendedor: Juan Pérez García
DNI/NIE: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor, 10, 28001 Madrid

Comprador: ABC S.A.
CIF: A12345678
Domicilio: Avenida de la Industria, 45, 28010 Madrid

Descripción del vehículo:

Marca: Toyota
Modelo: Corolla
Año: 2018
Matrícula: 1234 ABC
Número de bastidor: XYZ7890

Estado y cargas del vehículo:

El vehículo se transmite en el estado en que se encuentra, sin cargas, gravámenes, multas pendientes, ni cargas fiscales, salvo las indicadas expresamente en este contrato.

Precio y forma de pago:

Valor total: 10.000 EUR.
Forma de pago: Transferencia bancaria a la cuenta ES12 3456 7890 1234 5678 9012, en un plazo de 7 días desde la firma del contrato.
Anticipo: 2.000 EUR entregados a la firma, que se restarán del precio final.

Entrega y transmisión del vehículo:

La propiedad y posesión del vehículo se transferirán en el momento de la firma de la escritura y la entrega material del mismo, quedando el vehículo a riesgo del comprador desde entonces.

Escritura y gastos:

Las partes acuerdan formalizar este contrato en escritura pública ante notario. Los gastos notariales y de registro serán de cargo del comprador, y los impuestos derivados de la transmisión serán responsabilidad del mismo.

Condiciones y limitaciones:

El vehículo se vende tal cual, sin garantías adicionales, y el comprador declara haber examinado y estar conforme con su estado actual.

Declaraciones del vendedor:

  • Que ostenta la titularidad plena del vehículo y tiene facultad para venderlo.
  • Que el vehículo no presenta cargas, gravámenes, multas o cargas fiscales pendientes.
  • Que el vehículo ha sido sometido a las revisiones correspondientes y no tiene defectos ocultos nocivos.

Condiciones suspensivas (opcional):

La validez del presente contrato queda condicionada a la obtención del mismo por parte del comprador de la financiación necesaria.

Ley aplicable y jurisdicción:

Este contrato se regirá por la legislación civil vigente. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid.

Firmado en Madrid, a 15 de octubre de 2023.

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Firma del Vendedor
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Firma del Comprador