Aviso Legal
Este documento se ofrece únicamente con fines informativos y no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado. Para realizar transacciones inmobiliarias, se recomienda contar con la revisión de un abogado especializado en derecho inmobiliario. La utilización de este material es responsabilidad exclusiva del usuario, y no asumimos responsabilidad por posibles errores, omisiones o consecuencias derivadas de su uso sin la revisión profesional adecuada.
Este ejemplo es solo una referencia. Adapte la redacción a su situación y cumplimiento legal.
Modelo de Contrato de Compraventa con Poder Notarial
Partes involucradas:
Vendedor: Juan Pérez
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Falsa, 123, Madrid, Madrid
Comprador: María Gómez
DNI: 87654321B
Domicilio: Avenida Real, 45, Barcelona, Barcelona
Detalles de la finca:
Situación: Término municipal de Alcobendas, Madrid
Dirección: Parcelas 12 y 13 del Polígono Industrial XYZ
Referencia catastral: 123456789012
Superficie: 5,200 m²
Linderos: Norte con finca agrícola, Sur con calle secundaria, Este con nave industrial, O Este con camino rural
Finca registral nº: 56789, Tomo 100, Libro 3, Folio 45, Registro de la Propiedad de Madrid
Condiciones de cargas y dominio:
La finca se transmite libre de cargas, gravámenes, arrendamientos, servidumbres no inscritas y ocupantes, salvo las indicadas: ninguna. El vendedor declara estar al corriente en contribuciones, IBI y tributos hasta la fecha.
Precio y método de pago:
Precio total: 150.000 EUR.
Forma de pago: transferencia bancaria en dos plazos, uno al firmar y otro a la firma de la escritura pública.
Enganche entregado en concepto de arras: 15.000 EUR, que se imputarán al precio final.
Entrega y posesión:
La posesión de la finca se transferirá en el momento de la firma de la escritura pública, asumiendo el comprador los riesgos a partir de ese instante.
Escritura pública y gastos:
Las partes acuerdan elevar este contrato a escritura pública ante notario. Los gastos de otorgamiento serán a cargo del comprador y los de inscripción en el Registro de la Propiedad, salvo acuerdo en contrario. Los impuestos de transmisión correrán por cuenta del comprador.
Destino y limitaciones:
La finca mantiene su carácter rústico y está sujeta a normativa agraria y medioambiental. El adquirente conoce las limitaciones de uso, servidumbres y derechos de paso existentes.
Declaraciones del vendedor:
- Es titular pleno del dominio y dispone de las facultades necesarias para vender.
- No existen deudas pendientes por servicios o comunidades de regantes, salvo declaración expresa.
- No se han realizado obras no autorizadas que afecten a la legalidad de la finca.
Condiciones suspensivas (si aplican):
La validez del presente contrato está supeditada a la obtención de financiación, certificaciones o levantamiento de cargas, según corresponda.
Legislación y jurisdicción:
Este acuerdo se regula por la legislación civil vigente. Para resolver controversias, las partes se someten a los juzgados de Madrid, salvo fuero imperativo.
Madrid, a 15 de octubre de 2023
Firma del Vendedor
Firma del Comprador
